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miércoles, 29 de febrero de 2012

EL SENTIDO DE LA DEMOCRACIA

EL SENTIDO DE LA DEMOCRACIA
LUIS R. SÁENZ DÁVALOS*
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* Profesor Asociado en la Academia de la Magistratura. Asesor Jurisdiccional del Tribunal Constitucional
CONTENIDO: I. Democracia y forma de gobierno. II. La Democracia como forma de sustento. III. Los caracteres de la Democracia. El Estado de Derecho. El sentimiento democrático. El comportamiento tolerante. El deseo de consenso. IV. Crisis de la Democracia o necesidad de redefinirla.
La democracia como formula de convivencia ideada por el hombre es probablemente, el punto de coincidencia más común en nuestros días. Difícilmente es posible individualizar posiciones que en lugar de resaltarla, tiendan a cuestionarla en cuanto a su existencia. Sea cual fuere la perspectiva ideológica que se adopte, o la formación cultural que se tenga, cada quien entiende a la democracia como una aspiración de elemental búsqueda o de necesaria consolidación.
En todo caso en lo que el acuerdo ya no existe es en lo que a la larga ha de entenderse por la susodicha democracia, pues los contenidos de la misma, de hecho pueden variar de acuerdo al modelo gubernamental en el que se viva o al tipo de Estado que tenga. Y del pensamiento doctrinario ni que decir; desde el más clásico hasta el más moderno, el esfuerzo por caracterizar lo que aquella representa, parece un camino interminable, que el paso de los años no hace sino extender mucho más de lo que al principio se ideaba.
Cabe sin embargo preguntarse, ¿Puede existir una aproximación sobre el sentido de la democracia? ¿Puede comprenderse la razón del porque tanto la defendemos?. La líneas que a continuación se detallan, van a tratar de graficar, desde una perspectiva, naturalmente opinable o no exenta de crítica, lo que para nosotros puede ser una democracia. De hecho no intentan superar postura alguna, sino marcar un elemento de simple reflexión, a fin de utilizarlo en posteriores estudios.
I. Democracia y forma de gobierno.
Los términos democracia y forma de gobierno, usualmente se suelen asociar o confundir dando la sensación, de que se trata de conceptos indisolubles o hasta sinónimos[1]. Para muchos, la democracia, es simplemente una forma de gobierno y, en consecuencia, es valorada a partir de sus aparentes ventajas o mejores características que otras formas políticas de organización. Para otros, en cambio, la democracia es la menos mala de las variantes que asume el ejercicio del poder.
Lo cierto, sin embargo, es que pese a las aproximaciones teóricas que se suelen practicar, la consabida democracia, dista mucho de poder ser eso que supuestamente y desde el punto de vista estrictamente formal, se predica de ella.
En efecto, la democracia no puede ser catalogada de forma de gobierno[2], porque simplemente, no le interesa organizar el poder conforme determinados supuestos, sino, y como veremos más adelante, darle un sustento o sentido finalista. Lo dicho quiere significar que mientras por forma de gobierno, debe entenderse, una particular estructura de principios y reglas adoptadas a efectos de ejercer el poder o soberanía, y que dicha estructura, por lo general se haya asociada a las particulares costumbres o estilos políticos de cada país, o a los del sistema constitucional en el que se encuentra inmerso (por ello se habla de presidencialismo, parlamentarismo, gobierno de asamblea, etc.), la democracia en cambio, no pretende trazar esquema formal alguno, sino específicamente apuntar hacia el contenido de valores de un determinado gobierno.
La mejor demostración de que la democracia y la forma de gobierno, no son exactamente lo mismo, aun cuando se encuentren en intrínseca relación, reside en que sea cual sea es esquema o forma gubernamental que adopte un determinado Estado, ello no supone postular como axioma, que ese mismo Estado, pueda ser catalogado de auténtica o escasamente democrático[3]. De hecho pueden haber Estados cuya forma de gobierno sea, la presidencial o neopresidencial, pero esa sola circunstancia, no supone, que se les pueda calificar de más o de menos democráticos que por ejemplo lo puedan ser, aquellos otros Estados donde la forma de gobierno, sea, por poner otro caso, la estrictamente parlamentaria.
La democracia, puede si, ser utilizada, como un referente de medición de unas u otras formas gubernamentales, a partir de los objetivos y los comportamientos que los gobernantes exhiban o pongan en práctica, pero de ninguna forma, puede colegirse que porque un determinado modelo de gobierno es acogido, aquel resulta garantía de democracia segura.
En el Perú, por poner el caso más cercano, hemos tenido desde modelos semiparlamentaristas (Constitución de 1933) hasta modelos neopresidencialistas, con distintos matices (Constituciones de 1979 y 1993)[4], pero esos hechos no han significado en lo absoluto, que la democracia haya sido la regla afirmada o, por el contrario, negada. Las actitudes autocráticas, despóticas, o autoritarias, han estado presentes en más de una oportunidad, muy a pesar de la forma gubernamental adoptada.
Naturalmente que si a la luz de la experiencia que nos ha tocado vivir en los últimos años, se le preguntara a la gente que opina sobre tal o cual esquema de gobierno, a muchos terminaría por parecerles que la formula presidencial no sería muy democrática que digamos, sin embargo, si tal comentario, lo sometemos a un cotejo comparativo, de seguro terminaría contrastando notoriamente con la longeva tradición que sin duda exhibe la democracia americana[5].
Y otro tanto puede predicarse de Inglaterra. Aún cuando su modelo parlamentario puede ser catalogado como auténticamente democrático[6], difícilmente puede llamarse democrático (por lo menos en términos políticos), a un gobierno como el que tuvo la recordada Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas[7] o como el de China, donde la Asamblea no obstante, tener funciones nominalmente fiscalizadoras, no se ha caracterizado precisamente por ejercer, dicho rol, en armonía con lo que se supone un comportamiento mínimamente democrático.
En el fondo pues, de lo que se trata, no es de que tal o cual forma de gobierno, sea garantía de democracia, porque simplemente no lo es, sino que la forma de gobierno podrá tener sus propias ventajas y responder a sus propias tradiciones, pero no asegura en lo absoluto, el sentido teleológico, que es precisamente y como veremos inmediatamente, lo característico en la democracia.
II. La Democracia como sustento
La idea de que la democracia no tiene un contenido formal, sino fundamentalmente sustantivo o finalista, reside en que la misma, se preocupa de los objetivos que tiene todo gobierno cualquiera que sea la forma que este adopte.
Naturalmente habrá quienes puedan decir, que hay gobiernos cuya forma de ejercicio no es precisamente “garantía de democracia”, sin embargo, creemos que tal aseveración no es rigurosamente cierta. En la realidad, que por cierto, es el más perfecto de los laboratorios, ha habido repúblicas no sólo democráticas, como el caso Francia, sino también repúblicas que de tales han tenido sólo el nombre, como sucedió con la mayoría de repúblicas populares de la hoy fenecida influencia soviética. De monarquías autocráticas y hasta tiránicas, tenemos ejemplos a montones en la Europa anterior al Siglo XX y de monarquías democráticas, son un ejemplo viviente, España o Inglaterra. Y es que como insistimos, los modelos de gobierno pueden ser muchos, las predisposiciones a favor de la democracia, también pueden ser bastantes, pero ninguna forma o variante, es como algunos lo pretenden, síntoma decisivo de una auténtica democracia o formula mágica que habilita su existencia.
A la democracia, a nuestro juicio, le interesan aspectos más prioritarios que la simple o elemental forma. Si tuviéramos que auscultarla en su esencia o carácter común, no vacilaríamos en afirmar que lo que por ella entendemos es, en rigor, un modo de vida del ser humano[8], y como modo de vida, esta conectada directamente con las grandes aspiraciones que aquel posee. Por ello, cada plano de realización de la persona, sea como sujeto individual, sea como integrante de una colectividad, permite predicar los contenidos o dimensiones que, de suyo, puede asumir nuestra auscultada categoría.
Pensar que una gran aspiración del individuo es vivir en una sociedad participativa, donde el voto exprese un conjunto de decisiones o voluntades, es sin duda legitimo, como es legítimo pensar que tales decisiones y voluntades terminen por darle una presencia gubernamental determinada, pero de dicha opción de pensamiento, que apunta hacia lo que la doctrina tradicional denomina “democracia política” no se sigue que quede cubierto todo el espectro de posibilidades o manifestaciones que sin duda puede tener la democracia entendida como forma de vida.
Aunque por supuesto, nadie duda que la democracia pueda ser identificada con el sufragio en cuanto mecanismo de participación, tal perspectiva no significa, dentro de la lógica descrita, predicar que aquella solo pueda implicar dicha noción y nada más que la misma. Es indudable que si la democracia sólo significara el ejercicio del voto cada determinado periodo de tiempo, quedaría totalmente empequeñecida y hasta quien sabe si caricaturizada su real dimensión, porque no es ese el único ni tampoco el más importante cometido que puede perseguir un individuo a lo largo de su existencia. Que algunos teóricos, por propia formación ideológica quieran aferrarse a un argumento como el señalado, pensando que porque un gobernante es elegido por voluntad del pueblo, tal circunstancia permite asumir la existencia de una auténtica como incuestionable democracia, es pues una falacia que de plano hay que descartar, no por la falsedad del referente utilizado, sino por su manifiesta insuficiencia.
Pero así como la visión de la democracia no puede responder excluyentemente a una faceta política, tampoco puede asumir, según creemos, otras perspectivas o direcciones en forma única o exclusiva.
En efecto, podemos coincidir en que otra aspiración del individuo, igual de legitima, puede y no deja de ser, la búsqueda de una sociedad exenta de desigualdades o discriminaciones y donde la economía es orientada en provecho de similar objetivo. Algunos autores consideran que esta perspectiva grafica la llamada “democracia social” y razón no les falta, porque en efecto, puede señalarse sin temor a equívocos que allí donde la sociedad llega a un nivel donde la satisfacción de las exigencias materiales se convierte en una práctica cotidiana, el ser humano, ve realizados buena parte de sus anhelos en cuanto miembro de una colectividad. A menos que estemos ante el caso, de un ser humano con instintos absolutamente egoístas, a nadie en su sano juicio puede repudiarle una idea como la enunciada. Sin embargo, que tal cometido, sea el único referente valido de lo que ha de entenderse por democracia, tal cual en su día lo predicaron, los regímenes de orientación comunista, es igualmente y como en el caso anteriormente referido, totalmente sesgado, pues la igualdad, siendo capitalmente irremplazable, no es tampoco lo único a lo que puede aspirar el ser humano, si de sus propias perspectivas se trata.
Podríamos, continuar en este recorrido de visiones de la democracia, y tomar otros referentes de aspiraciones innatas al pensamiento de los seres humanos. Podríamos convenir por ejemplo, en la misma línea de un distinguido politólogo peruano, en que la virtud ciudadana[9] es hoy por hoy un objetivo prioritario de los ciudadanos y de las colectividades en que los mismos se integran. Pero que estemos o no de acuerdo, con tan sugestiva posición, no supone aquello que justifiquemos que tal cometido sea el único al que la democracia le deba prestar la atención.
En resumen, lo que queremos indicar, es pues que cuando se habla de democracia no debe pensarse en una sola dimensión, como si aquella sólo significara una sola cosa o como si las aspiraciones del ser humano se concretizaran en una sola variable. Consideramos, que ninguna respuesta es correcta, si de antemano se asume como formula parcial.
Es a nuestro modo de ver, la suma integral de las aspiraciones más importantes del ser humano, lo que permite marcar el derrotero de la democracia. En otras palabras, no sólo la libertad, o la igualdad, o la virtud que aquí han sido mencionadas (y que por cierto, tampoco son las únicas aspiraciones), sino la síntesis o el común factor de todas ellas, sin exclusiones y sin preferencias.
¿Y cual es esa síntesis factor común del que, en definitiva, arrancan todas las aspiraciones humanas? Nos arriesgaríamos a pensar, que es aquel valor del que dimanan todos los derechos en cuanto formas de realización del individuo, valor que no es otro que la dignidad.
Apelamos a este criterio, en el entendido que la consabida dignidad es en esencia la cualidad innata de todo ser humano y es precisamente dicha cualidad la que le permite auto determinarse en función de sus propias aspiraciones y objetivos. Por consiguiente, si la democracia es un modo de vida en el que coexisten o aspiran coexistir los individuos, es evidente que el valor fundamental del que arranca el mismo, no puede ser otro que la dignidad[10].
Si se tiene alguna duda respecto de lo afirmado, podríamos apelar a las siguientes interrogantes ¿Es acaso posible o imaginable que se pueda considerar (o siquiera llamar) democracia a alguna forma de vida, que tratara indignamente al ser humano? ¿Es factible que sin dignidad de la persona puede sustentarse lo que racionalmente entendemos por democracia? Pues indudablemente y si somos consecuentes con que las aspiraciones del ser humano, marcan el sendero por donde discurre la democracia, no hay forma de separar aquella del valor referido.
Lo aquí señalado permite entonces considerar que si las formas de gobierno, son esquemas especiales de organizar el poder, es en cambio la democracia, con los ingredientes que se ha señalado, la que les confiere, el sustento o la que decididamente compromete sus objetivos. Un gobierno, en otras palabras no será bueno o malo, justo o injusto, progresista o conservador por la forma que adopte, sino por el sustento que posea, por el estilo de democracia que practique.
III. Los caracteres de la Democracia
Si hablamos de la democracia como un estilo de vida indudablemente se impone a renglón seguido precisar cuales son los caracteres o los elementos que, por regla general, permiten predicar su presencia.
Sobre tal extremo, y aunque evidentemente existirán quienes puedan asumir que los citados caracteres, estarán fuertemente condicionados por la variable valorativa que quiere colocarse como prioritaria (libertad, igualdad, etc), nosotros, sin embargo, consecuentes con la línea omnicomprensiva que hemos intentado rescatar como contenido de la democracia, consideramos, que pueden ser asumidos como ingredientes esenciales a la par que naturales, el Estado de Derecho, el sentimiento democrático, el comportamiento tolerante y el deseo de consenso.
El Estado de Derecho
El primero de los citados caracteres resulta casi obvio de postular. Una sociedad que aspira a que sus grandes principios se consoliden, no puede menos que aspirar al reconocimiento jurídico de los mismos, reconocimiento que encuentra su principal expresión en la Constitución del Estado y en su sistema de garantías institucionales y procesales diseñado con el objeto de operativizar su funcionamiento y protegerse frente a eventuales transgresiones.
Pasamos así de un Estado de Derecho a un Estado Constitucional de Derecho[11], donde es la Constitución como norma fundamental la encargada de canalizar objetivamente las grandes valoraciones sociales y de convertirlas en principios jurídicos condicionantes, tanto de la actuación como de la propia restricción de los órganos del poder así como de la conducta de los individuos al interior de su colectividad, particularmente sobre la base del reconocimientos de sus derechos esenciales y de los límites hasta donde los mismos pueden llegar.
Desde la perspectiva descrita, no cabe duda que con el Estado de Derecho, se coadyuva a que la democracia pueda efectivamente cumplir con sus roles que son en el fondo, los mismos que la Constitución reconoce[12] con la única diferencia, que mientras el primero, asume un carácter formalizado e instrumental (se habla por ello de Estado Democrático de Derecho), aquella se mueve en el mundo de las ideas y de los contenidos fundamentales.
El sentimiento democrático
Otro carácter de la democracia lo constituye a nuestro juicio, lo que llamaríamos sentimiento democrático y que es una suerte de paralelo de lo que normalmente se aspira respecto de toda Constitución, bajo el nombre de sentimiento constitucional[13].
Por el sentimiento democrático nosotros entenderíamos tanto la voluntad de aquiescencia o aceptación como el deseo de compromiso de todo individuo o grupo humano, para vivir conforme a los valores democráticos, para hacerlos suyos y defenderlos en aras de su propio bienestar y desarrollo. Tal ingrediente, por otra parte, no creemos que sea un asunto de mera circunstancia ni tampoco de transitoria duración, sino de permanente incidencia, pudiéndose hablar por lo mismo de una vocación democrática innata a la existencia misma del ser humano[14].
La vocación democrática así configurada permite asumir que sólo cuando se propugna tal forma de vida, es que el ser humano puede ver materializadas sus posibilidades de plena realización, por lo que lo que la democracia, termina por convertirse en algo no sólo legítimo sino de permanente exigencia.
El comportamiento tolerante
Aun cuando para el individuo, la democracia se presente como la forma de vida ideal por excelencia, aquello no supone, ni que se excluyan otras maneras de interpretar el proceso de realización de la persona, ni que dentro de la misma concepción de vida democrática, puedan existir criterios disimiles o dispares. Dicha circunstancia impone que otra característica de la democracia tenga necesariamente que ser, la tolerancia.
Por la consabida característica, la vida democrática debe ser por encima de todo ponderada, exenta de extremismos o radicalismos, y siempre a la búsqueda del justo término medio. Si por el contrario, la democracia se identificara como conflicto o como la asunción de dogmas o posiciones que de antemano descalifican o vilipendian, perdería su sentido abierto y se desnaturalizaría a si misma. La democracia debe saber comprender los argumentos de todos a fin de intentar compatibilizarlos o de extraer los aspectos en común que con la misma puedan tener. Para hacerlo, no puede ser sino totalmente elástica o comprensiva.
El deseo de consenso
La democracia así como debe saber escuchar y tolerar, debe además sustentarse en un deseo generalizado de consenso, esto es en la vocación de permanente dialogo y conciliación de intereses.
No basta únicamente el tener capacidad para comprender los pareceres opuestos y saberlos ponderar, sino que es necesario que quienes conviven en la democracia tengan la voluntad y capacidad necesarias como para generar un consenso mínimo o elemental de las cosas. En la democracia como estilo de vida, las decisiones no se imponen, sino que se generan en la discusión o el intercambio de criterios y son asumidas, en el último de los casos conforme al sustento racional de la regla mayoritaria, pero no la de una mayoría unilateral y caprichosa, sino de aquella que sin dejar de serlo, sepa también respetar y ceder, en aras de que la consabida decisión, sea lo más aproximativa del consenso como objetivo.
Si una democracia, reúne, estas cuatro características y las orienta al logro de los fines abiertos que ya conocemos, puede decirse que va por un camino, que sin ser perfecto (dado que es obra humana) es bastante optimo para su propia consolidación.
IV. Crisis de la Democracia o necesidad de redefinirla
Desde hace varios años se discute y hoy en día se insiste, en que la Democracia se encuentra en un franco proceso de crisis[15], como resultado de la insuficiencia de muchos de sus postulados frente a los grandes problemas o exigencias insatisfechas del hombre.
Y ciertamente, si hacemos un recuento de los logros de la democracia, quien sabe si los resultados no son tan alentadores como por principio, lo desearíamos. Sin embargo, el que tal afirmación venga siendo sostenida tiene mucho que ver, con lo que decíamos desde el inicio de este trabajo, es decir, con la concepción de una democracia reconducida a ingredientes estrictamente políticos.
No porque la democracia tenga una dimensión política inexorable, quiere ello decir que sea ese único aspecto, el que a menudo o, en las más de las veces, tenga que explotarse. Somos del criterio, que si los Estados (sus sociedades) hubiesen otorgado tanta prioridad a otras tantas dimensiones del que hacer humano, como lo han hecho con el tema participativo (entendido sólo en términos políticos, o peor aún, entendido sólo como participación por vía del sufragio), probablemente mucho menores hubieran sido las falencias y las críticas que hoy en día se ensayan desde diversos flancos.
Naturalmente y aunque no estamos diciendo que las sociedades estén dejando de creer en la Democracia[16], si nos parece que gran parte de la crisis que hoy se afirma, tiene su razón de ser en la visión unidimensional que aquí cuestionamos. Puede ser que, en consecuencia, estemos asistiendo al derrumbe de un modo de entender la democracia, y nos estemos proponiendo un forma distinta de asumirla o tal vez, y para ser más precisos, de redefinirla.
Si esto último resulta cierto, indudablemente que la Democracia no se encuentra a capa caída, sino que anda buscando formas más efectivas de compatibilizarse con las exigencias y responsabilidades que le impone el nuevo mundo.
Lima, Enero del 2003.
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[1] La mayor parte de autores suelen partir del supuesto de que las forma tradicionales de gobierno (caso del Presidencialismo o el parlamentarismo) forman parte, a su vez, de la democracia constitucional o clásica; (Cfr. Karl Loewenstein.- Teoría de la Constitución; Editorial Ariel; Barcelona 1982; Págs. 89 y ss.; Paolo Biscaretti di Ruffia.- Introducción al derecho constitucional comparado; Fondo de Cultura Económica; Colombia 1997; Págs. 153 y ss.;) Dicho argumento, sin embargo, dista mucho de comprobarse en la realidad de muchos Estados, como veremos luego. Otros autores por su parte, prefieren la nomenclatura “regímenes políticos” pero apuntando hacia la misma idea de su pertenencia a un modelo democrático. Cfr. Manuel Jiménez de Parga.- Los regímenes políticos contemporáneos; Editorial Tecnos S.A.; Madrid 1962; Págs. 137 y ss.
[2] A juicio de Agustín Basave Fernández del Valle.- Cfr. Teoría de la Democracia; Libreros Mexicanos; México 1964; Pág. 5; “Antes que una forma política de gobierno, la democracia es una forma de convivencia humana...”;
[3] Como apunta Alfredo Quispe Correa “...la forma de gobierno y la democracia, no son conceptos que se impliquen necesariamente, ni siquiera son términos solidarios y hasta las más de las veces andan cada uno por su cuenta”; Cfr. Mitos y realidades en el mundo del Derecho; Editorial Grafica Cisneros S.CR.L.; Lima 1995; Págs. 64 y ss.
[4] Cfr. Domingo García Belaunde.- Forma de gobierno en la Constitución Peruana; Revista de Estudios Políticos (Nueva Epoca); Nº 74; Centro de Estudios Constitucionales; Octubre-Diciembre de 1991; Págs. 623-632. Sobre la vigente Carta de 1993 puede el reciente texto de Carlos Hakansson Nieto.- La forma de gobierno de la Constitución Peruana; Universidad de Piura; Piura 2001; especialmente págs. 9 y ss.
[5] Tradición destacada incluso desde el Siglo XIX, por Alexis de Toqueville. Cfr. La democracia en América; Editorial Orbis S.A.; Buenos Aires 1985.
[6] Cfr. Manuel García Pelayo.- Derecho Constitucional Comparado; Alianza Universidad Textos; Madrid 1984; Págs. 249 y ss.; Paolo Biscaretti di Ruffia.- Introducción al Derecho Constitucional Comparado; Págs. 192 y ss.
[7] Cfr. Paolo Biscaretti di Ruffia.- Introducción al Derecho Constitucional Comparado; Págs. 345 y ss.
[8] Utilizamos la misma nomenclatura de Carl J. Friedrich.- La democracia como forma política y como forma de vida; Editorial Tecnos S.A. Madrid 1961 y por el ya citado Agustin Basave Fernández del Valle.- Teoría de la Democracia; Págs. 22 y ss. aún cuando nosotros no necesariamente verificamos los supuestos de la democracia desde una perspectiva estrictamente política.
[9] Cfr. Eduardo Hernando Nieto.- Deconstruyendo la Legalidad; Pontificia Universidad Católica del Perú; Fondo Editorial; Lima 2001; Págs. 270 y ss.
[10] Peter Haberle.- El Estado Constitucional; Universidad Nacional Autónoma de México (Instituto de Investigaciones Jurídicas); México D.F. 2001; Págs. 193 y ss. Por otra parte y sobre la idea misma de dignidad la bibliografía es abundante, limitándonos exclusivamente a citar: Ingo Von Munch.- La Dignidad del hombre en el derecho constitucional; Revista Española de Derecho Constitucional; N° 5; Mayo-Agosto de 1982; Centro de Estudios Constitucionales; Madrid; Págs. 27 y ss; Jesús Gonzáles Pérez.- La Dignidad de la persona; Editorial Civitas; Madrid 1986; Págs. 96-99; En nuestro medio puede verse: César Landa Arroyo.- Dignidad de la persona humana; Ius et Veritas; Año X; N° 21; PUC; Lima 2000; Págs. 20-23; Mijail Mendoza Escalante.- Los Principios Fundamentales del Derecho Constitucional Peruano; Grafica Bellido S.R.L.; Lima 2000; Págs. 191-193.
[11] Cfr. Manuel García Pelayo.- Estado Legal y Estado Constitucional de Derecho; Lecturas sobre Temas Constitucionales; N° 1; Comisión Andina de Juristas; Lima 1988; Págs. 33-43.
[12] No nos ubicamos, obviamente, en la hipótesis de que un Estado de Derecho, pueda corromperse o distorsionarse en provecho de objetivos distintos a los democráticos. Si esto sucede, simplemente no estamos ante tal Estado por más que se insista en otorgarle, contra natura, ese nombre. La experiencia del nazismo y la quiebra de los valores democráticos que supuso, es prueba irrefutable de lo dicho, al margen de que haya contado con el concurso (lamentado después) de un gran jurista como Carl Schmitt.
[13] Cfr. Pablo Lucas Verdú.- El sentimiento constitucional; Editorial Tecnos; Madrid 1986.
[14] Cfr. Agustin Basave Fernández del Valle.- Teoría de la Democracia; Págs. 17-22.
[15] Cfr. Ricardo Cox Balmaceda.- Crisis Democrática; Editorial Andrés Bello; Chile 1978. Trabajo este, bastante útil, no obstante su perspectiva local (referida más que todo al caso chileno), pues nos hace pensar acerca de la paradoja que constituye el caso de un modelo que aspira y obtiene el desarrollo, pero a costa del sacrificio de la propia democracia y de buena parte de sus ideales más preciados (entendidos fundamentalmente en términos políticos).
[16] Una anécdota que no queremos omitir es la siguiente: Hace poco la Maestría de Ciencia Política de la Pontificia Universidad Católica del Perú, invito al destacado politólogo Dieter Nohlen, a una charla sobre temas vinculados a la política. En dicha disertación uno de los asistentes le pregunto, si existía un sistema mejor o superior a la Democracia, a lo que el expositor, no exento de cierta sorpresa, indicó, que nunca antes, en ninguno de los países por donde había estado, se le había preguntado algo semejante, ya que la democracia, a pesar de todos sus defectos, sigue siendo hasta hoy el mejor sistema de convivencia humana. Lo dicho sin embargo, no tanto por el expositor, sino por quien formuló la pregunta, es un síntoma que si se tornara como una generalización (o visión colectiva), honestamente tornaría seriamente preocupante la perspectiva.

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